Oficios o circulares internas de Abril, 2017

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Circular No. 20238.08 KB
Notas: 
El Instituto Nacional de Migración Federal en Morelos, está tomando la determinación de aplicar los artículos 1 y 7 de la Ley Federal del Trabajo, señalando que en las categorías de técnicos y trabajadores deberán ser mexicanos otorgando las visas como Visitante con Permiso para Realizar Actividades Remuneradas por 180 días con relación al artículo 52 fracción II de la Ley de Migración. Nota: El Lic. Alfredo Mena Díaz, Secretario General de la U.A.E.M., es el responsable del resguardo de la información.