Cédulas Profesionales de Enero, 2013

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Cédula profesional3.56 MB
Notas: 
Los artículos 89, 91, 91 ter, 93, 97 y 102 del ley orgánica para el congreso el estado Morelos; y los artículos 159, 164, 169, 173, 174, 175 y 176 del reglamento para el congreso del estado de Morelos, obligan a quienes ocupen los cargos de: secretario de servicios legislativos y parlamentarios, secretario de administración y finanzas, auditor superior de fiscalización, director del instituto de investigaciones legislativas, secretarios técnicos y asesores del congreso, a contar con cédula profesional y tener los conocimientos y experiencia para ocupar su cargo