OCA3. Cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras
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2016
Periodo Información
Junio, 2016
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Mayo, 2016
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Abril, 2016
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Marzo, 2016
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Febrero, 2016
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Enero, 2016
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
2015
Periodo Información
Diciembre, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Noviembre, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Octubre, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Septiembre, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Agosto, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Julio, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Junio, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Mayo, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Abril, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Marzo, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Febrero, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Enero, 2015
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
2014
Periodo Información
Diciembre, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Noviembre, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Octubre, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Septiembre, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Agosto, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Julio, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Junio, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Mayo, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Abril, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Marzo, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Febrero, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Enero, 2014
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
2013
Periodo Información
Diciembre, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Noviembre, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Octubre, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Septiembre, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Agosto, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Julio, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Junio, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Mayo, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Abril, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Marzo, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Febrero, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Enero, 2013
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
2012
Periodo Información
Diciembre, 2012
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Noviembre, 2012
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Octubre, 2012
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado
Septiembre, 2012
Notas: En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Agosto, 2012
Notas: En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Julio, 2012
Notas: En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Junio, 2012
En términos de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto de Creación del CIDHEM, éste se rige por su Estatuto Orgánico y los reglamentos que apruebe la Junta de Gobierno. Ahora bien, el Estatuto Orgánico del CIDHEM, establece en su artículo 89, las cuotas que el Centro puede percibir. Si bien dichas cuotas no son específicamente “cuotas o tarifas aplicables a impuestos, derechos y contribuciones de mejoras” en cumplimiento al principio de máxima publicidad que consagra la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la UDIP-CIDHEM consideró importante incluir la relación de cuotas que se cobra a los alumnos por los servicios educativos, autorizados por su máximo órgano de autoridad, la Junta de Gobierno. En tal sentido, se publican las cuotas por servicios académicos vigentes. Por otra parte, en la sesión del ejercicio 2007, el Consejo de Información Clasificada del CIDHEM acordó que las solicitudes de información que se presenten ante el CIDHEM, no tendrán costo para el ciudadano, a menos que su reproducción fuera en extremo onerosa al Centro, caso en el cual se solicitará la reposición del material empleado.
Junio, 2012