OCA7. Información de los programas de subsidio
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Programas de subsidio con información Anual
Período Información
2013
Notas: NOTA: LA SUBSECRETARIA DE INGRESOS NO CUENTA CON UN CATÁLOGO ESTABLECIDO PARA EL SECTOR BENEFICIADO.
2012 Programa: Subsidios vigentes 2012
Programas de subsidio con información Mensual
Período Información
Octubre, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Septiembre, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Agosto, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Julio, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Junio, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Mayo, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Abril, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Marzo, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Febrero, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Enero, 2018
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Diciembre, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Noviembre, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Octubre, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Septiembre, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Agosto, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Julio, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Junio, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Mayo, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Abril, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Marzo, 2017
Notas: La información concerniente a las obligaciones de transparencia de la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos se encuentra debidamente publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que puede ser consultada en la siguiente liga: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portales
Febrero, 2017
Período de entrega: DEL 01 AL 28 DE FEBRERO DE 2017
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Enero, 2017
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE ENERO DE 2017
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Diciembre, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Noviembre, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Octubre, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE OCTUBRE DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Septiembre, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Agosto, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE AGOSTO DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Julio, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE JULIO DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Junio, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE JUNIO DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Mayo, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE MAYO DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Abril, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE ABRIL DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Marzo, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE MARZO DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Febrero, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 29 DE FEBRERO DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Enero, 2016
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE ENERO DE 2016
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 137 del Código Fiscal para el Estado de Morelos que a la letra dice: "Artículo 137. La autoridad que por el ejercicio de sus funciones intervenga en los diversos trámites relacionados con la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligada a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 131 de este Código; así como para aquellas autoridades que en el ejercicio de sus funciones requieran de la información".
Diciembre, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2015.
Notas: Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Noviembre, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Octubre, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE OCTUBRE DEL 2015
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Septiembre, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Agosto, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE AGOSTO DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Julio, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE JULIO DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Junio, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE JUNIO DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Mayo, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE MAYO DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Abril, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE ABRIL DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Marzo, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE MARZO DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Febrero, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 28 DE FEBRERO DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Enero, 2015
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE ENERO DEL 2015.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Diciembre, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Noviembre, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Octubre, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE OCTUBRE DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Septiembre, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Agosto, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE AGOSTO DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Julio, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE JULIO DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Junio, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE JUNIO DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Mayo, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE MAYO DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Abril, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 30 DE ABRIL DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Marzo, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 31 DE MARZO DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Febrero, 2014
Período de entrega: DEL 01 AL 28 DE FEBRERO DEL 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Enero, 2014 Programa: Subsidios vigentes 2014.
Notas: Respecto al padrón de beneficiarios, la Secretaría de Hacienda como una Entidad en materia fiscal y tributaria, tiene la obligación de cumplir con la reserva fiscal establecida en el artículo 73 del Código Fiscales para el Estado de Morelos que a la letra dice: "ARTICULO 73.- El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los funcionarios encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales estatales, a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias, o en el supuesto previsto en el artículo 105 de este Código".
Diciembre, 2013 Programa: SUBSIDIOS DICIEMBRE
Noviembre, 2013 Programa: SUBSIDIOS NOVIEMBRE
Octubre, 2013 Programa: SUBSIDIOS
Notas: La Secretaría de Hacienda, cuenta únicamente con el número de población beneficiada.
Septiembre, 2013 Programa: Susbsidios Septiembre
Notas: LA SUBSECRETARIA DE INGRESOS NO CUENTA CON UN CATÁLOGO ESTABLECIDO DE LA POBLACIÓN BENEFICIADA.