OJA12. Acciones, controversias y juicios sobre poderes públicos del Estado de Morelos, entre sí y con la Federación
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2017
Periodo Información
Octubre, 2017
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Septiembre, 2017
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Agosto, 2017
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Julio, 2017
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Junio, 2017
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Mayo, 2017
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Abril, 2017
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Marzo, 2017
Notas: Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Febrero, 2017
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Enero, 2017
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
2016
Periodo Información
Diciembre, 2016
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Noviembre, 2016
Notas: Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Octubre, 2016
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Septiembre, 2016
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Agosto, 2016
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Julio, 2016
Notas: Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Junio, 2016
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Mayo, 2016
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Abril, 2016
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Marzo, 2016
Notas: Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Febrero, 2016
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Enero, 2016
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
2015
Periodo Información
Diciembre, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Noviembre, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Octubre, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Septiembre, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Agosto, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Julio, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Junio, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Mayo, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Abril, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Marzo, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Marzo, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Febrero, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Enero, 2015
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
2014
Periodo Información
Diciembre, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Noviembre, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Octubre, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Septiembre, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Agosto, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Julio, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Junio, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Mayo, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Abril, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Marzo, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Febrero, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Enero, 2014
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
2013
Periodo Información
Diciembre, 2013
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Noviembre, 2013
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Noviembre, 2013
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Octubre, 2013
Notas: Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Septiembre, 2013
Notas: Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Agosto, 2013
Notas: Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
Junio, 2013
Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.
2012
Periodo Información
Julio, 2012
Notas: Notas: Con fecha 03 de abril del 2013, se publicó en el periódico oficial "Tierra y Libertad" número 5081 la Ley de la Defensoría Publica del Estado de Morelos, mediante la cual se crea al Instituto de la Defensoría Pública, como un organismo público descentralizado de la administración pública paraestatal, sectorizado a la Secretaría de Gobierno, en términos del artículo 8 del ordenamiento antes citado, sin embargo aun se encuentra en periodo de transición material jurídica y presupuestal, de cuerdo a las disposiciones transitorias de la Ley en cita, por tanto, al depender todavía del Poder Ejecutivo, es facultad de la Consejería Jurídica; Dirección General Jurídica conocer de las diversas controversias y juicios que involucren al Estado entre sí y con la Federación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 fracción I y párrafo Primero; 21 fracciones XII y XXIX; 38 fracciones II, IV, V, VI y demás relavas y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 24 fracciones II, X, XI, XII y demás relavas y aplicables.