OTI3. Criterios para la creación, fusión, modificación o extinción de sus principales unidades administrativas
(2 publicaciones)
Información
Notas: La fracción VII del artículo 18 del Decreto número Mil ciento ochenta y tres por el que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico, otorga la facultad al Comisionado Estatal a “Proponer a la Junta de Gobierno para su aprobación, la creación de unidades administrativas necesarias para el desarrollo de actividades de la Comisión de conformidad con el Estatuto Orgánico”.
Notas: El capítulo IV, del Reglamento Interno de Trabajo de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico, indica las causas por las cuales el nombramiento o designación de los trabajadores dejará de surtir efecto.